Queremos ser padres adoptivos

Muchas parejas que no pueden tener hijos, y no pocas de las que ya los tienen, optan por abrir las puertas de su hogar a otros niños. Un camino no exento de dificultades, pero con grandes recompensas.

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Queremos ser padres adoptivos

Siempre quisieron tener familia numerosa. Desde que eran novios, Martina y Sergio fantaseaban con la idea de tener tres hijos, dos biológicos y uno adoptado. Pensaban que lo mejor que se le podía brindar a un niño sin familia era eso, una familia.

Pero pasó el tiempo y los dos hijos nunca llegaron. Fueron unos años de espera y de desilusión que les llevaron a replantearse las cosas: ¿Qué iban a hacer? ¿Intentar la fecundación in vitro? ¿Optar directamente por la adopción?

Una decisión vital

Les hacía mucha ilusión vivir la experiencia de la maternidad y la paternidad biológicas, pero también eran de la opinión de que si la naturaleza no colaboraba, no estaban dispuestos a remar contracorriente y cuesta arriba habiendo tantos niños que necesitaban un hogar.

No les parecía tan importante que sus hijos llevaran sus genes. Así, la decisión de adoptar cayó por su propio peso.

Hoy, Martina y Sergio son los felices padres de Lucía, de seis años, nacida en China, y Alejandro, de tres, nacido en Mali. Ha sido un largo camino, pero ahora son una familia casi numerosa.

Venciendo todas las pruebas

Si en un embarazo normal la espera se reduce a nueve meses, el proceso de adopción podría considerarse como un embarazo muy prolongado, un camino plagado de dificultades, y en ocasiones incluso desasosegante, especialmente hasta que se consigue el certificado de idoneidad.

“Hay momentos en que te sientes un poco ‘examinado’, pero también entiendes que todas las medidas para asegurarse de que los niños van a integrarse en hogares amorosos y equilibrados son pocas”, afirma Martina.

El certificado de idoneidad certifica que los miembros de la pareja son aptos material y psicológicamente para ser padres

“En nuestro caso, lo duro vino cuando hubo que demostrar que teníamos una posición económica estable. Creímos que todo se iba al traste. Cuando llegamos a esa fase del proceso, Sergio se quedó sin trabajo; de repente lo vimos todo negro. No he visto a nadie moverse con tanta rapidez como él para buscar otro trabajo. La ocupación que encontró no era exactamente lo que buscaba, pero no podíamos detenerlo todo. No estuvo ni dos semanas parado”, explica.

Una vez conseguido el certificado de idoneidad, que certifica que los miembros de la pareja son aptos tanto material como psicológicamente para ser padres, el tiempo de espera depende en gran medida de si se trata de una adopción nacional o, si se opta por una internacional, del país en el que se va a solicitar la adopción.

En este último caso, lo más habitual es que pasen entre 15 meses y tres años, en algunos países algo menos, y en otros algo más.

“Hay un momento mágico, que es cuando te comunican que te han asignado a tu hijo o tu hija y ves las fotos. Ya no es ‘una niña’; es una niña real, que existe en alguna parte, es nuestra hija. Todo cambia en un instante. Te invade una ilusión tremenda ¡y también un gran susto! Es un momento indescriptible. Sientes que la espera ha merecido la pena”, asegura emocionada Martina.

Las bases de la tramitación

El camino para conseguir adoptar es muy largo, tan largo que hay tiempo de sobra para pensarlo bien. En la actualidad, todo el proceso está muy regulado en la mayoría de países, tanto de los padres adoptantes como de los niños que pueden ser adoptados, gracias a su adhesión al Convenio de La Haya sobre la Protección del Niño y la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, que se firmó el 29 de mayo de 1993.

  • El fin de este convenio es claro: asegurar que los intereses del menor primen sobre cualquier otra consideración, y que todo el proceso se realice de forma legal y transparente.

En España, las comunidades autónomas son competentes en materia de adopción, tanto en la tramitación de las adopciones como en la regulación de las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI), acreditadas para realizar los trámites burocráticos necesarios en el país donde se va a adoptar.

Es también la comunidad autónoma la que realiza todas las gestiones necesarias para la expedición del certificado de idoneidad, a través del departamento designado a tal fin.

  • Adopción nacional. La solicitud de adopción se presenta ante el Servicio de Protección de Menores de la comunidad autónoma. En la actualidad es una opción muy minoritaria, ya que los tiempos de espera son muy largos –alrededor de nueve años– y los niños, además, suelen ser mayores. Por otra parte, en nuestro país, muchos niños cuya custodia se retira a sus padres por malos tratos o desatención son confiados a familias por la vía de la acogida, más que por la de la adopción.
  • Adopción internacional. En este caso hay que pensar que hay dos administraciones con las que contar: España y el país de destino, cada uno con sus propios requisitos, trámites y gestiones. Los trámites pueden realizarse de dos maneras: por la vía publica o a través de una ECAI.

Las ECAI son una vía oficial de intermediación en la adopción internacional establecida entre el país de residencia de los adoptantes (en este caso, España) y el país de origen del niño o niña (por ejemplo, China). El coste económico del proceso es mayor, pero los trámites pueden ser más agiles (aunque no siempre).

Otra posibilidad es realizar las gestiones por la vía pública. Antes de decantarse por esta opción, es necesario asegurarse de que el país donde se pretende adoptar permite esa vía.

Si es así, los trámites se inician a través de la comunidad autónoma correspondiente, quien una vez recopilada y legalizada la documentación, la presenta por valija diplomática al país en cuestión, aunque también puede presentarse a través de un abogado apoderado designado por la familia.

¿Quién puede adoptar?

La legislación establece una serie de condiciones mínimas. Por ejemplo, al menos uno de los miembros de la pareja debe tener como mínimo 14 años más que el adoptado. Se valora una relación positiva y estable y una convivencia mínima de dos años, tanto si se trata de una pareja casada como de una pareja de hecho.

  • La pareja debe disponer de condiciones psicopedagógicas y socioeconómicas mínimas, poder ofrecer unas condiciones adecuadas para la salud psíquica y física del menor, tener aptitudes básicas para la educación de un niño y una motivación positiva hacia la adopción, y tener la voluntad compartida de adoptar a un niño.

En algunos países solo pueden adoptar parejas; en otros se permite la adopción a los solteros.

Antes de aceptar, los futuros padres deben tener toda la información relativa al niño: edad, situación médica, circunstancias familiares...

Hay que tener en cuenta que cumplir con todos los requisitos formales y los trámites burocráticos no garantiza la obtención del certificado de idoneidad, porque la adopción siempre se realiza en beneficio del menor.

Por ejemplo, el hecho de que los solicitantes condicionen la adopción a unas ciertas características físicas, de sexo o de procedencia sociofamiliar del menor es considerado un factor en contra.

Una vez designado el niño o niña, antes de aceptar y de hacer el primer viaje de toma de contacto, los futuros padres deben tener toda la información relativa al niño: edad, situación médica, procedencia y circunstancias familiares...

Además, antes de embarcarse en un proceso de adopción, es necesario recabar toda la información acerca del coste de los trámites en cada una de las fases del proceso, honorarios de la ECAI o del abogado, coste de los viajes, etc.

Las asociaciones recomiendan no abonar en la primera fase más del 30% del presupuesto, lo justo para iniciar los trámites.

Niños en acogida

En la actualidad, la adopción de niños españoles no es muy habitual, ya que la mayoría de los menores que llegan a los Servicios de Protección del Menor no lo son por abandono al nacer, sino por retirada de custodia a los padres debido a situaciones de desamparo, malos tratos, etc.

Existe una figura intermedia, la del acogimiento familiar, que es temporal pero puede acabar siendo indefinida

El largo tiempo de espera en la resolución de estos expedientes hace que muchos niños no sean realmente adoptables, o que lo sean a una edad en la que la adopción ya no es posible. Sin embargo, existe una figura intermedia, la del acogimiento familiar, que en principio es temporal, aunque puede terminar siendo indefinida.

No se trata de una adopción propiamente dicha, pero permite al menor poder disfrutar de una vida familiar normal, lo que independientemente de la figura legal resulta muy beneficioso para él.

En este sentido, una de las leyes autonómicas más avanzadas en la forma de abordar la fórmula del acogimiento es la recientemente promulgada Ley de Infancia de Catalunya, que profesionaliza la figura de la familia de acogida, dando preferencia a aquellas en las que al menos uno de los miembros de la pareja es profesional de la psicología o la educación, quien recibe una retribución para que pueda dedicar al niño o la niña toda la atención que precise.

La prioridad es que el niño se sienta seguro

Ibone Olza, psiquiatra infantil, nos habla de la importancia del vínculo afectivo con el niño adoptado desde la comprensión de su realidad.

Hay que comprender que un niño adoptado es un niño que ha sido abandonado

La prioridad es que el niño se sienta seguro con sus nuevos padres. Hay que comprender que un niño adoptado es un niño que ha sido abandonado.

A veces el trato que ha recibido ha sido exquisito, pero muchos niños pueden presentar secuelas de ese abandono o, incluso, haber sido víctimas de malos tratos, y por eso establecer un nuevo vínculo afectivo puede llevar un tiempo variable.

¿Qué hacer si no entendemos su conducta?

Hay que armarse de paciencia y entender que el apoyo especializado es necesario incluso cuando ya está en casa. Un niño o niña puede tardar mucho tiempo en poder expresar afecto y amor hacia sus padres adoptivos.

Un niño adoptado puede tardar mucho tiempo en expresar afecto hacia sus padres adoptivos

También es posible el caso contrario; inicialmente puede mostrarse muy cariñoso y los problemas aparecer más tarde.

¿Y si tiene comportamientos agresivos?

En ese caso hay que pedir ayuda profesional urgentemente, preferiblemente a equipos de salud mental formados por psiquiatras infantiles y psicólogos clínicos.

Es vital comprender que esas conductas pueden ser la expresión, por ejemplo, de un estrés postraumático, secuela de abusos o malos tratos graves.

A veces el niño o niña está diciendo: “No me creo que alguien me pueda querer” o, peor aun, “Cada vez que me han dicho que me querían me han hecho daño o me han abandonado”.

En beneficio del menor

  • En todas las leyes nacionales y los convenios internacionales sobre adopción, el beneficio y los derechos del menor deben primar siempre sobre cualquier otra consideración.
  • Por ese motivo, la adopción se realiza para satisfacer el derecho de los niños a crecer en el seno de una familia que lo ame y lo proteja y no del derecho de los padres a adoptar a un niño.